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Quitan pena de cárcel a las injurias, calumnia y difamación *Las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos del Senado aprobaron reformas al Código Penal Federal; sólo se pagará multa por reparación de daño moral si no se revelan las "fuentes" ALEJANDRO TORRES Los periodistas y las empresas de comunicación ya no podrán ser encarcelados ni sancionados penalmente en caso de incurrir en delitos de calumnia, difamación o injuria, pero deberán revelar sus fuentes de información, para que no se les obligue a pagar una suma como reparación de daño moral. Las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos del Senado aprobaron ayer por unanimidad las reformas al Código Penal Federal, para derogar los delitos de calumnia, difamación e injuria. Además, hicieron modificaciones al Código Civil Federal, para fijar las condiciones en que se cometería el daño moral y la sanción a quien lo cometa. Estas reformas fueron sometidas este jueves al pleno del Senado. Así, la calumnia, la difamación y la injuria serán eliminados del Código Penal Federal, donde se establece que quien lo comete puede ser, incluso, encarcelado. Los senadores y diputados coincidieron con el criterio de la PGR de que "el Estado no debe emplear, necesariamente, al sistema penal para restringir o inhibir la libertad de expresión y la crítica al ejercicio del poder, sin que esto signifique dejar sin protección el honor, la reputación y la vida privada de las personas, para esos fines debe disponer de acciones civiles que los protejan, además de establecer el derecho de rectificación o respuesta". Asimismo, consideraron que el mantener esos delitos en el Código Penal conlleva una carga innecesaria de trabajo a los órganos de procuración e impartición de justicia, distrae recursos económicos y humanos, que podrían orientarse a perseguir delitos de mayor relevancia. Los legisladores adicionaron, entonces, el Código Civil Federal, para establecer en qué casos se comete el daño moral y las sanciones que se impondrán al inculpado. "La reparación del daño moral deberá contener la obligación de la rectificación o respuesta de la información difundida en el mismo medio donde fue publicada, y con el mismo espacio y la misma circulación o audiencia a que fue dirigida la información original", establece el dictamen legislativo. En otra disposición que agregaron, se obligará a los comunicadores a revelar sus fuentes para evitar la sanción en caso de incurrir en daño moral. "La reproducción fiel de información no da lugar al daño moral". |
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